Dudas más frecuentes en la Formación en Centros de Trabajo (FCT)

En el siguiente artículo nos asomamos a las cuestiones que podemos tener a la hora de realizar el módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT), obligatorio en todas las enseñanzas de Formación Profesional y del Instituto Nebrija de Formación Profesional. Con él, todos nuestros alumnos realizan prácticas presenciales en empresas de diversos sectores. Sigue leyendo si estás interesado en resolver todas tus dudas:

Requisitos principales para la Formación en Centros de Trabajo (FCT)

Se realiza una vez superados todos los módulos profesionales del ciclo formativo y su superación es obligatoria para obtener cualquier título de Formación Profesional. No obstante, no tiene carácter laboral ni relación becaria y el alumnado que lo cursa continua siendo parte de los estudiantes matriculados en enseñanzas regladas. Asimismo, cada alumno tiene un/a tiene un/a tutor/a del centro Educativo y otro/a del centro de trabajo.

¿Cómo se realiza la evaluación?

La evaluación se realizará a partir de la superación de los resultados de aprendizaje del módulo profesional y será el tutor/a del centro educativo el que determine si el estudiante ha adquirido la competencia general del título y si ha alcanzado las competencias profesionales establecidas.

Hay solo sólo dos convocatorias de evaluación mediante las que se realizan 370 horas de prácticas, generalmente entre los meses de marzo y junio. Además, estas prácticas en los centros de trabajo previamente asignados se desarrollan durante el periodo lectivo salvo situaciones excepcionales se excluyen los periodos de vacaciones escolares y la duración de la jornada de formación debe ser igual o cercana al horario laboral de la empresa.

¿Puedo quedar exento/a de cursar la FCT?

Puedes solicitar la exención total o parcial del módulo FCT solo en el siguiente caso:

  • Acreditando una experiencia laboral mínima de un año (jornada laboral completa). Relacionada con el ciclo formativo que estas realizando. La experiencia laboral debe garantizar que has alcanzado los resultados de aprendizaje del módulo FCT recogidos en el Real Decreto (RD) del ciclo formativo en el que estés matriculado.

¿Cómo se solicita?

Los trámites se realizan en la Secretaría del Centro donde estás matriculado/a del módulo entregando la siguiente documentación 2 meses antes del inicio de las FCT según tu categoría laboral:

Asalariados/as:

  • Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, TGSS (Vida Laboral), del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación.
  • Contrato de Trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.

Autónomos/as o por cuenta propia:

  • Certificación de la TGSS (Vida Laboral) o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
  • Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.

Voluntarios/as o becarios/as:

  • Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
  • Las administraciones competentes promoverán el establecimiento de un sistema de comunicación electrónica con la TGSS para la transmisión de estos datos.

Posteriormente se comunicará la resolución a la persona interesada previo al inicio del módulo FCT y se incorporará a su expediente. En caso de que la resolución sea positiva, se le comunicará al interesado/a si la exención es total o parcial, en este último caso deberá realizar las horas pendientes de prácticas en centros de trabajo.

¿Puedo aplazar la realización de prácticas?

Se pueden realizar las prácticas mas tarde únicamente solicitando un aplazamiento justificado con su documentación correspondiente en las siguientes circunstancias:

  • Enfermedad prolongada o accidente
  • Obligaciones de tipo personal o familiar
  • Desempeño de un puesto de trabajo

¿Puedo compatibilizar las prácticas con mi trabajo?

Sí, se pueden hacer al mismo tiempo siempre y cuando se realicen las 370 horas del período establecido de FCT.

¿Puedo hacerlas en otra Comunidad Autónoma? ¿Y en el extranjero?

Si, podría realizar las FCT en otra CCAA siempre y cuando tenga justificación y quede aprobado por parte de Inspección Educativa. En caso de que querer hacer las prácticas fuera de España tendrán que estar auspiciadas por el programa ERASMUS+.

¿Puedo hacerlas en la empresa donde trabajo?

No es posible realizar FCT en la misma empresa donde existe un vínculo laboral previo.

Esperamos que este artículo te haya aclarado algunas de las cuestiones referentes a la realización de prácticas durante la realización de tus estudios de Formación Profesional.

Autora: Alba Fernández Risquez.